Foto: captura del juicio a través de Zoom.
La fiscalía solicitó este viernes la pena de prisión perpetua para el abogado penalista Rubén Ernesto Carrazzone, al considerarlo autor del femicidio de su pareja Stella Maris Sequeira, que se presume ocurrió en diciembre de 2016 cuando la mujer, cuyo cadáver nunca fue hallado, desapareció de su vivienda del partido bonaerense de Ezeiza.El pedido fue formulado este viernes por el fiscal de juicio Hernán Schapiro y la titular de la Unidad Fiscal Especializada en Violencia contra las Mujeres (UFEM), Mariela Labozzetta, ante el Tribunal Oral Federal (TOF) 2 de La Plata.Ambos fiscales federales alegaron durante más de tres horas y al pedir la pena máxima consideraron al abogado autor penalmente responsable de los delitos de “homicidio doblemente agravado por haber sido cometido mediando violencia de género (femicidio) y por el vínculo, en concurso real con la falsa denuncia” de un secuestro, que para la Justicia, nunca existió.La calificación y la pena solicitada por la fiscalía coinciden con el pedido que el miércoles formuló la querella de la familia de la víctima, representada por la abogada Raquel Hermida Leyenda.
El acusado, en el juicio.
“La hipótesis sostenida por esta fiscalía es que el señor Carrazone, el día 29 de diciembre de 2016, en el marco de una pelea acaecida ese día, y entre las 16.45 y las 11.30 del día siguiente, dio muerte a la señora Sequeira haciendo desaparecer el cuerpo de la víctima”, sostuvo el fiscal Schapiro.En su alegato, el fiscal destacó ante los jueces Alejandro Esmoris, Nelson Jarazo y Fernando Canero “el contexto” en el que se dio el femicidio.“Se encuentra acreditada la existencia previa y coetánea al hecho de una violencia estructural de género en la cual se encontraba inmersa la señora Stella Maris Sequeira por parte del señor Carrazzone, que fue ejercida por quien fuera su pareja durante 15 años”, sostuvo.Mencionó que, de acuerdo a los testigos, hubo por parte del acusado “violencia simbólica, material y actos de microviolencia” hacia su mujer.Incluso, dejó expuesto al imputado cuando recordó que al declarar en el debate, Carrazzone dijo que su pareja tenía “comportamientos no esperables para una mujer” como el de “beber” alcohol, y que la definió como “alocada y jaranera”, lo que, según el fiscal, revela que el acusado tiene “ciertos estereotipos culturales, machistas y misóginos”.Además, destacó que pese a que nunca se halló el cadáver, en este caso “la concordancia de los indicios posee un innegable valor objetivo y conduce a conclusiones seguras”.En ese sentido, mencionó el hallazgo de distintos elementos sospechosos en la casa y en un vehículo del penalista como “precintos negros bajo una alfombra, retazos de sábana elástica con manchas varias, restos de agua en las alfombras y en el baúl del auto, el ‘luminol’ con el que se detectó que la ducha del baño y el ropero presentaban fluorescencia, intensidad, color y persistencia similar a la sangre” y que luego las pericias demostraron que eran “manchas hemáticas de patrón femenino”.“Estamos ante la ocurrencia de un hecho que encuadra dentro del fenómeno de la violencia contra las mujeres. El crimen ha sido producido por la motivación de género”Mariela Labozzetta, titular de la UFEM
Labozzetta, especialista en violencia de género por su rol al frente de la UFEM, fue la fiscal que se ocupó de fundamentar la calificación en el alegato.“Estamos ante la ocurrencia de un hecho que encuadra dentro del fenómeno de la violencia contra las mujeres. El crimen ha sido producido por la motivación de género”, dijo la fiscal.La representante dela Ministerio Público afirmó: “Los elementos dan cuenta sobradamente, el asesinato de Stella Maris fue un femicidio”.“Se trató de un crimen ocurrido en el seno de la pareja en la cual la violencia de género estaba presente de manera constante y la relación asimétrica de poder permitió que Carrazzone asesinara a su mujer y que hiciera todas las maniobras posteriores para ocultar su crimen”, fundamentó.Luego, explicó que al caso le cabe también la figura del “homicidio vincular” que, según explicó, “se trata de un agravante que prevé pena perpetua cuando hay determinadas relaciones” y aclaró que tras una reforma de 2011, “no se necesita probar un vínculo matrimonial sino que es algo fáctico, en la medida que haya una pareja o expareja, conviviente o no conviviente, esto da por configurado el homicidio agravado”.Tras el pedido de prisión perpetua de los fiscales, el TOF 2 de La Plata pasó a un cuarto intermedio hasta el próximo miércoles a las 10, cuando será el turno del alegato de la defensa.El TOF 2 de La Plata pasó a un cuarto intermedio hasta el próximo miércoles a las 10, cuando será el turno del alegato de la defensa.
El debate comenzó el 31 de marzo del año pasado y es llevado adelante por la Justicia Federal, ya que inicialmente el caso fue investigado como un presunto secuestro extorsivo, debido a que el abogado denunció que había recibido un llamado para que entregara dinero si quería recuperar a su mujer, lo que finalmente se desestimó.La víctima, quien convivía desde hacía 15 años con el penalista, desapareció el 29 de diciembre de 2016 de su casa de la calle El Ombú 786, del Barrio El Trébol del partido bonaerense de Ezeiza, en el sur del conurbano.El abogado denunció el hecho recién el 31 de ese mes y, un día después, aseguró haber recibido un llamado extorsivo en el que supuestamente le exigían 80.000 dólares para liberarla.Sin embargo, la pesquisa determinó que se había tratado de una falsa denuncia, tendiente a entorpecer la investigación y ocultar el femicidio.Finalmente, Carrazzone fue imputado por el crimen, pese a que el cadáver de la víctima nunca fue hallado.
Fuente: https://www.telam.com.ar/notas/202202/583397-carrazzone-pedido-perpetua-femicidio.html